Jueves, Noviembre 29, 2018

TSE: medios de comunicación debe registrarse hasta el 13 de diciembre para la difusión de propaganda

TIERRA NOTICIAS. De acuerdo con los plazos establecidos en el Calendario Electoral para las Elecciones Primarias del 27 de enero de 2019, los medios de comunicación que deseen habilitarse para la difusión de propaganda electoral pagada deberán registrarse hasta el 13 de diciembre en el Tribunal Electoral correspondiente.

El periodo de registro comenzó el 22 de octubre, en los marcos establecidos en la Ley N° 026 del Régimen Electoral, que indica que los medios de comunicación con alcance nacional deberán registrarse en el Tribunal Supremo Electoral (TSE), mientras que los medios de comunicación de alcance departamental o municipal deberán registrarse en los Tribunales Electorales Departamentales (TED) de sus regiones.

Asimismo, se determina que las tarifas inscritas no podrán ser superiores al promedio de las tarifas cobradas por concepto de publicidad comercial durante el semestre previo a la elección y deberán ser iguales para todas las organizaciones políticas que contraten este servicio. En el caso de los medios que ya se registraron en anteriores procesos, solo deberán enviar su tarifario actualizado y, si corresponde, la modificación de los datos del registro.

El 18 de diciembre el OEP publicará la lista de los medios de comunicación habilitados para la difusión de propaganda electoral.

Para el registro, el Reglamento Específico para las Elecciones Primarias 2019 establece la presentación de los siguientes requisitos:

a) Carta de solicitud dirigida al Tribunal Electoral correspondiente, firmada por la o el propietario o representante legal del medio de comunicación.
b) Fotocopia simple del poder notariado de la o el representante legal.
c) Fotocopia simple de la cédula de identidad de la o el representante legal.
d) Fotocopia simple del NIT del medio de comunicación.
e) Domicilio legal del medio de comunicación, número de fax y dirección de correo electrónico, para fines de notificación.
f) Declaración jurada del tarifario actualizado por concepto de publicidad y de transmisiones en vivo y en diferido (formulario descargado de la página web del Órgano Electoral Plurinacional), con el detalle de tiempos, espacios y costos registrados y cobrados durante el semestre anterior al día de publicada la Convocatoria (Art. 75).

Fuente: TSE

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