Viernes, Julio 19, 2019
Seguridad & Defensa

Juez “intimida” a médicos con proceso penal basado en fallo de ‘acción popular’ que vulnera Artículo 53 de la CPE

TIERRA NOTICIAS. Tras el paro de 48 horas del Colegio Médico en Bolivia, el Ministerio Público, notificó a los representantes de los galenos con el fallo de un recurso de ‘acción popular’ que pasadas gestiones fue interpuesta por David Ticona Balboa de la ciudad de El Alto.

Hoy (19.07.2019) un juez notificó con ese fallo al presidente del Colegio Médico de La Paz, Luis Larrea y al doctor Fernando Romero, secretario general del Sindicato de Ramas Médicas de la Salud Pública (Sirmes) de La Paz.

En este documento este juez, solicitó informes al Ministerio de Salud, a la Gobernación de La Paz y a los municipios de La Paz y El Alto, sobre las medidas preventivas y posteriores al paro médico anunciado por los representantes, para evitar la interrupción del servicio de salud.

“Se oficie al Ministerio Público denuncia penal por el delito de desobediencia a resoluciones de acciones de defensa y de inconstitucionalidad contra Luis Larrea presidente del Colegio Médico y a Fernando Romero ejecutivo del Sindicato de Ramas Médicas de Salud Pública (Sirmes) por instigar y convocar a un paro", señala la resolución del juez.

Tras esta notificación del juez, el doctor Romero denunció "persecución judicial" dirigido específicamente a los representantes médicos de La Paz, cuando la convocatoria al paro de 48 horas fue realizada por el Colegio Médico de Bolivia.

“No ha entendido el Gobierno lo que se ha hecho hasta hoy día. ¿se viene medidas mas radicales?, bueno, que así sea pero no puede continuar tanto sufrimiento con el pueblo boliviano y ahora la persecución judicial contra nosotros”, dijo.

“Estamos en un país que se está yendo al descontrol, autoridades de gobierno que viven como reyes, omnipotentes, con todo tipo de lujos, un pueblo pobre y ahora un sector perseguido judicialmente”, aseveró el Dr.  Romero.

Según este representante médico, la Constitución Política del Estado, garantiza el derecho a la huelga, el derecho a un par, cuando las autoridades llamadas a atender sus demandas les niegan las condiciones más básicas para el ejercicio de sus labores profesionales.

“Inevitablemente recurrimos a la medida (del paro) que son reconocidos por cualquier Constitución, donde un sector afectado en sus derechos tiene el por supuesto el derecho a una huelga, a un paro; se ha procedido de esa forma, por buscar mejores condiciones para el pueblo boliviano en salud”, explicó Romero.

“Pero como respuesta lo que hemos recibido hoy día es un documento legal, un requerimiento legal, donde expresa una autoridad legal, indicando que le faculta al Ministerio Público el uso de la fuerza pública, el uso de recursos, de procesos penales administrativas, civiles; es un documento realmente agresivo”, relató el Dr. Romero.

Ayer se conoció que, coincidentemente, un juez notificó de oficio a David Ticona Balboa, accionante de una demanda de ‘acción popular, con el fallo que el fondo penaliza el derecho a la huelga del sector médico.

Ticona Balboa, supuesto dirigente de un sector de trabajadores de la prensa de El Alto, había adelantado que hoy presentaría un memorial para que sea la Fiscalía la que aplique sanciones pecuniarias, civiles o penales toda vez que la resolución es de cumplimiento obligatorio.

Ticona Balboa fue identificado por los médicos como militante del partido de Gobierno, el Movimiento al Socialismo.

Según Ticona, justo ayer el juez público civil y comercial No. 11, del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz se le ocurrió emitir un auto «en el que el Tribunal Constitucional Plurinacional pide adoptar medidas que sean necesarias para el cumplimento de sus resoluciones”.

Con esa determinación judicial, los médicos no podrán suspender los servicios de salud o realizar paros porque estarían supuestamente atentando contra la vida de las personas.

El documento emitido el 12 de julio conmina al “1. Al Ministerio de Salud Pública, Gobiernos departamental y municipales a dar estricto cumplimiento a la citada resolución bajo alternativas de Ley; 2. Igualmente al Colegio de Médicos de La Paz y sus representantes a cumplir y observar el referido fallo bajo alternativas de Ley, a cuyos efectos notifíquese a todos los sujetos procesales”.

Sin embargo, en el artículo 53 de la Constitución Política del Estado (CPE) se garantiza el derecho a la huelga como el ejercicio de la facultad legal de las trabajadoras y los trabajadores de suspender labores para la defensa de sus derechos, de acuerdo con la ley.

En ese marco, el ente de los trabajadores considera que el fallo de la justicia es anticonstitucional y leonino porque atenta contra el derecho a la protesta, el derecho a la huelga y el derecho a las movilizaciones de los diferentes sectores sociales del país.

La decisión además está en contra del Convenio 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Los afiliados al Colegio Médico de Bolivia cumplieron hoy el segundo día de paro de 48 horas que determinó el sector por la falta de recursos económicos destinados a los hospitales públicos por parte del Estado, en demanda de mejores condiciones de seguridad de bíoseguridad, pero además exigen la abrogación de la Ley 1189.

GPA/ja

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